Juristas y catedráticos expertos en derecho constitucional aseguraron que la Cámara baja no puede insistir sobre los artículos desechados por Senadores, en relación al contenido del proyecto de la Ley Bases.


 

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El bloque de Unión por la Patria en Diputados anticipó que rechazará todos los cambios en la Ley Bases que el oficialismo intente reflotar a pesar de haber sido votados por el Senado, como por ejemplo los cambios en Ganancias y Bienes Personales, y la privatización de Aerolíneas Argentinas, entre algunos.

 

«La Cámara de Diputados no debería tratar lo que el Senado rechazó»

Lo señaló la diputada Carolina Gaillard, y subrayó que respecto de los artículos que el Senado rechazó hay dos interpretaciones. “Una parte de la biblioteca dice que se pueden tratar porque forman parte del texto que Diputados aprobó y por lo tanto se puede insistir” con esos temas, explicó la diputada de UxP.

“La otra parte -prosiguió- dice que lo que es rechazado no puede ser tratado en todo el año parlamentario, porque se entiende que ha sido descartado” de proyecto que se volverá a debatir.

Si esto fuese así, Ganancias, Bienes Personales y las privatizaciones no deberían ser tratados. Lo que sostiene este argumento es el artículo 81 de la Constitución Nacional, que versa sobre la formación y sanción de leyes.

Ese artículo dice que “ninguna de las Cámaras puede desechar totalmente un proyecto que hubiera tenido origen en ella y luego hubiese sido adicionado o enmendado por la Cámara revisora (en este caso, Diputados)”. Pero el texto constitucional no se refiere a “rechazos”, sino a “adiciones o correcciones”.

Es decir que los temas que el Gobierno quiere reflotar en Diputados no son agregados o correcciones al proyecto sancionado por el Senado sino rechazados por esa cámara. Por este motivo, “nosotros entendemos que el ‘rechazo’ hace que la Cámara de Diputados no debería tratar lo que el Senado rechazó”, concluyó Gaillard.

 

El documento de expertos en Derecho Constitucional

En un texto difundido en redes sociales, los abogados se refirieron a las interpretaciones del artículo 81 de la Constitución nacional, y recordaron que la norma afirma que “un proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año”.

El documento lleva la firma de los abogados Mauro Benente, Nancy Cardinaux, Laura Clérico, Roberto Gargarella, Andrés Gil Domínguez, Marisa Herrera y Leticia Vita.

 

“Solo la concurrencia afirmativa puede transformar un proyecto de ley en una ley sancionada por el Congreso”, explicaron y precisaron que “la voluntad afirmativa de la Cámara revisora se manifiesta aprobando o bien, aprobando con adiciones o correcciones el texto remitido por la Cámara de origen”, asegura este grupo de juristas. 

En ese sentido, los letrados subrayaron que “nunca un rechazo parcial de la Cámara revisora puede ser asemejado a una aprobación con adiciones o correcciones por cuanto carece de voluntad afirmativa”. 

Respecto al proyecto de reforma fiscal indicaron que “es una ley Ómnibus que incluye en un solo cuerpo normativo distintas materias abordando temáticas que no están relacionadas entre sí” y que “esta clase de normas configura una excepción al principio de especificidad legislativa”. 

“Por dicho motivo, por ejemplo, el rechazo por 41 votos negativos contra 31 votos positivos del Título V (arts. 75 a 91) referido al impuesto a las ganancias -que es una “ley dentro de la ley”- por parte de la Cámara de Senadores hace todavía más ostensible la inconstitucionalidad de pretender reestablecerlo por la Cámara de Diputados”, sentenciaron. 

 

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